1. NOCIONES GENERALES DE LA CARGA DE LA PRUEBA 1.1. Concepto Sobre la noción de carga de la prueba, se comparte lo sostenido por el profesor Hernando Devis Echandía (2002): La carga de la prueba determina lo que cada parte tiene interés en probar para obtener éxito en el proceso, es decir, cuáles hechos, entre los que forman el tema de la prueba en ese proceso, necesita cada uno que aparezcan probados para que sirvan de fundamento a sus pretensiones o excepciones (sin que se trate de una obligación o deber) y le dice al juez cómo debe fallar en caso de que esas pruebas falten. Se trata, por tanto, de una noción subjetiva, porque contempla la situación que las partes tienen frente a cada hecho que requiera de prueba (aunque esta puede ser suministrada por la parte contraria o por el juez oficiosamente […]): pero también objetiva por cuanto consiste en una regla de juicio que determina el sentido de la decisión cuando falta la prueba […]. (pp. 135-136) 1.2.
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